Por lo anterior mente expuesto este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA REFORMADA la fecha de cumplimiento de la pena Principal , siendo la correcta 30-12-04, en la cual aparece como penado JORGE LUIS ANTUNEZ CHOURIO , Venezolano, natural de San Antonio de Heras Distrito Sucre titular de la Cedula de Identidad N° 9.428.776, de 37 años de edad, residenciado en el Barrio Negro Primero calle las Marías N° 25-25 Maracaibo Estado Zulia. Regístrese dicha decisión. ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario , notifíquese al Fiscal 27 del Ministerio Público, Defensa y penado.
EL JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN