Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda la EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE REGIMEN DE PRUEBA, a la que fue condenado el penado, WUILLIAN DE JESÚS MAVAREZ VÁSQUEZ, de conformidad con el ordinal 1° del artículo 479 y 498 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.