Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ORDENA librar ORDEN DE CAPTURA, al penado: ISVENIO JOSE AÑEZ ESPINA, Venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad N° 20.439.315, nacido el 03-09-82, de 26 años de edad, soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de NEIDA ESPINA y DE IVENIO AÑEZ, residenciado en el Barrio Integración Comunal, calle 15, detrás de Hierro Mara, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia se ORDENA librar ORDEN DE CAPTURA, al referido Ciudadano y remitirla con oficio a los diferentes organismos de seguridad del país. Regístrese la presente decisión, ofíciese lo conducente y notifíquese a las partes.-
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN
ABOG. MARVELYS ELISA SOTO GONZALEZ
LA SECRETARIA
ABOG. ROSA ZERPA
En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el Nº 774-08 y se l.....