Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA OTORGAR EL BENEFICIO DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO O REGIMEN ABIERTO, al penado NIXON SEGUNDO BARROSO PINO, titular de la Cedula de Identidad N° 11.721.559, de nacionalidad Venezolano, Natural de Machiques, Estado Zulia, de estado civil Soltero, fecha de nacimiento 10-11-1974, de 34 años de edad, profesión u oficio, Chofer de Trafico, hijo de JOSE ANTONIO BARROSO Y ALICIA PINO DE BARROSO, residenciado en el Barrio Paño Negro, calle 99C, casa N° 32-73, al fondo de la cancha deportiva, Maracaibo Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTU.....