Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA OTORGAR EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO, al penado BRICEÑO ANGEL DE LOS REYES, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 40 años de edad, titular de la C.I. No. 9.751273, de profesión u oficio ayudante de chofer, de estado civil casado, hijo de ANGEL VILLALOBOS y CARMEN BRICEÑO, residenciado en el Barrio Felipe Pirela, calle 95L, No. 82ª-73, sector Cuatricentenario, Maracaibo, Estado Zulia, teléfono 0261-7194975, quien fuera condenado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el ordinal 1° del artículo 408 en concordancia con el artículo 407 del Código Penal, en concordancia con el artículo 426 .....