Por las Razones de Hecho y de Derecho Expuestos, este Juzgado de Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA ACUMULACION DE LAS PENAS IMPUESTAS EN DIFERENTES PROCESOS al penado DOUGLAS JOSE HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 48 años de edad, fecha de nacimiento 28-10-1958, de estado civil Soltero, titular de la cedula de identidad N° 7.615.376, hijo de Juan Sandoval y Emma Hernández, residenciado en las Delicias, calle 84, casa N° 16-200, entrando por la Bomba El Carmen, Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, y en virtud del nuevo computo realizado queda la misma establecida en OCHO (08) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 6, numerales 1°, 2°, 3° y 10° de la Ley.....