DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA por cumplimiento de la misma a favor del penado CHACIN OLIVARES CARLOS ENRIQUE, titular de la C.I. No. 5.714.371, natural de Lagunillas, Estado Zulia, de 46 años de edad, de estado civil divorciado, hijo de JOSE CHACIN y JOSEFA OLIVARES, residenciado en Ciudad Ojeda, Urbanización Eleazar López Contreras, 1ra Etapa, vereda No. 1, No. 27, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese notificando la presente decisión, a la Unidad Técnica de apoyo al sistema penitenciario, y al Fiscal 27 del Ministerio Público. Librase Boleta de notificación a los beneficiarios haciendo de su conocimiento la decisión del Tribunal. Publíquese, Registrase.....