Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado JESUS ALBERTO BARBOZA, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, de 24 años de edad, de profesión u ocupación Obrero, titular de la cédula de Identidad Nº 15.889.302, hijo de Jesús Alberto Barboza e Isabel Suárez , residenciada en el Barrio Sur América, calle 154, Nº 57-22, Maracaibo, Estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, quien fue condenada a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, como CO-AUTOR en la comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado antes en el Articulo 375 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos ANGELA DEL CARMEN TORRES DE MORA Y MARIA DEL PILAR ZAMBRANO; y se establece como lapso de régimen de prue.....