Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO
ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA OTORGAR EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, de conformidad al artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal al penado JESUS ALBERTO BARBOZA SUAREZ, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, de 24 años de edad, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de Identidad Nº 15.889.302, hijo de Jesús Alberto Barboza e Isabel Suárez , residenciada en el Barrio Sur América, Calle 154, Nº 57-22, Maracaibo, Estado Zulia, quien fuera condenado en fecha 23 de Octubre de 2007, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante sentencia de admisión de hechos a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, como CO-AUTOR en la comisión del delito de VIOLAC.....