Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONCEDER EL PERMISO EXTRAORDINARIO, solicitado por la Dirección del Centro Comunitario Insp. Rafael Ochoa Castro y por el abogado ARMANDO RIVERA, Defensor Publico Nº 27, al penado JHONNY CARMELO ARROYO HEDECHINI, Titular de la Cédula de Identidad Nº 25.199.401, de nacionalidad colombiana, natural de Córdoba, Bolívar, Colombia, nacido en fecha 17-04-1953, de 55 años de edad, casado, residenciado en el sector La Matica Nº 02, entrando por la Quesera Agrolansa, casa 3A o A3, Villa del Rosario del Estado Zulia, a partir del día 30-10-08 hasta el día 29-11-08, quien goza actualmente la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena en Régimen Abierto, y el cual quedara bajo la supervisión del delegado de prueba sobre el cumplimiento del tratamiento medico; de co.....