Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENA CUMPLIDA a favor del ciudadano JOSE ANTONIO CUEVAS, venezolano, natural de Coro Estado Falcón, soltero, obrero, sin documentación personal, hijo de Dolorito Palencia y de Ramona Cuevas, y residenciado en el Barrio Ilapeca, Villa del Rosario, calle y casa sin número del Municipio Rosario de Perija; de conformidad con lo establecido en el artículo 105° del Código Penal, en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECLARA. Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes.-