Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONCEDE el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado ENDER ALEXANDER ARAUJO MIQUELENA, de nacionalidad venezolana, de 30 años de edad, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad No. 12.871.795, y residenciado en el Barrio Bicentenario sur, calle 10, cerca de la planta de Enelven, del Municipio San Francisco del Estado Zulia; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el articulo 14 de la ley de Beneficio en el Proceso Penal. Regístrese la presente Decisión, líbrense Oficios a la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo la Boleta de Excarcelación, a la Unidad Técnica de Ap.....