Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Cómputo de la Pena a cumplir por los penados JAIR RICARDO MENDOZA CASIANY, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cédula de identidad Nº 16.730.195, de profesión u oficio Fibrero, hijo de Jesús Mendoza Nava y Yadira Casianiy Rua, residenciado en Sector Los Estanques, calle 127F, Casa Nro. 48-60, Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal quien fue condenado por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Estado Zulia, a cumplir la pena de DIEZ (07) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, cometido en perjuicio del Ciudadano JAVIER ENRIQUE MAVARE.....