En consecuencia por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA MIXTA, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE, PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Nulidad Absoluta propuesta, tanto por la Defensa Publica como por las Defensas Privadas, de conformidad con el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, sobre la base de las consideraciones motivadas en la sentencia.