El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley ACUERDA EXTENDER EL LAPSO DE PRESENTACIONES DEL IMPUTADO VICTOR NIEVES MARIN REYES, venezolano, natural de Cabimas, de 33 años de edad, casado, latonero, titular de la Cédula de Identidad No. 11.450.272, hijo de Eusebia Marina y Nieves Marín Rojas, domiciliado en la Carretera L, con Avenida 34, con calle Raúl Osorio Lazo, casa sin número, frente a la Planta Eléctrica, en Cabimas, Estado Zulia, por lo que el imputado debe presentarse ante la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, cada TREINTA (30) DIAS, contados a partir de la presente fecha, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal