este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: La celebración del juicio oral y público en la causa seguida en contra del acusado EDGAR JOSE GUTIERREZ LACERA, por la presunta comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal Vigente, en concordancia con el articulo 82 y 83 ejusdem, FALSA ATESTACION DE PARTICULARES ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal Vigente en concordancia con el articulo 319 ejusdem, y USURPACIÓN DE IDENTIDAD O NACIONALIDAD, previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, por el tribunal constituido en FORMA UNIPERSONAL, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Fijar el juicio oral y público para el viernes 18 de septi.....