El Juzgado Primero de Juicio Mixto de Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INCULPABLE al Ciudadano: ACUSADO: AGUSTÍN DE JESÚS LÓPEZ MARTÍNEZ: Venezolano, Natural de Cabimas, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad No 11.251.770, soltero, estudiante, hijo de los ciudadanos Agustín de Jesús López (Dif) y Petra Maria Martínez, con residencia en la calle Sucre, casa No 76, diagonal a la Pizzería Don Pepe, Ciudad Ojeda, Municipio Autónomo de Lagunillas del Estado Zulia, en consecuencia queda ABSUELTO por el delito de Robo a mano Armada previsto y sancionado en el artículo 460 Código Penal en perjuicio de Noel Camacaro y Onel Camacaro por el que fuera acusado por el Representante del Ministerio Público, todo de conformidad con el Articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.