Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. EXTENSION CABIMAS. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud que hiciere la defensa, y en consecuencia MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra del acusado ELVIS JOSE PADRON ALCANTARA, venezolano, mayor de edad, natural de Cabimas, Estado Zulia, en fecha de nacimiento 17/11/1985, de 23 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, hijo de JAIER PADRÒN y LISDAY ALCANTARA, Titular de la Cédula de Identidad No. 18.484.183, con domicilio en: Av. Hollywood, Sector Gasplant, casa s/n, Cabimas, estado Zulia, punto de referencia: Al lado de la Panadería Gasplant, del sector, manifestó saber leer y escribir, Telef.: 0264-3714586, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AU.....