JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Extensión Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMEINTO de la presente causa, de conformidad con lo previsto en el articulo 318 ordinal tercero 3. por haberse extinguido la acción penal por el transcurso del tiempo, a favor de las acusadas NELLY ANTONIA SUAREZ MORALES: venezolana, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.659.766, natural de Cabimas, Estado Zulia, soltera, de profesión u oficio del Hogar, domiciliada en el Sector El Guanábano, Los Papelones, Kilómetro 32, casa sin número, a tres casas del Estadio del Guanábano, Municipio Santa Rita del Estado Zulia, y NEILA ANTONIA SUAREZ MORALES: venezolana, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.659.768, natural de Cabimas, Estado Zulia, soltera, de profesión u oficio del Hogar, domiciliada en.....