Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma Mixta y por consenso UNANIME, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE al acusado RAFAEL ANTONIO CALDERA, Venezolano, natural del Venado Municipio Baralt del Estado Zulia de 42 años de edad, fecha de nacimiento: ¬22-04-1.965, soltero, titular de la cedula de identidad No posee, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Ana Caldera y Rafael Crespo, domiciliado en la calle el Silencio, Barrio La invasión, cerca del hospital que esta en construcción en el Municipio Baralt el Estado Zulia, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, por encontrarlos responsable en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en e.....