Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: CONDENA al acusado: GABRIEL NOE ESPINOZA MACHADO cédula de Identidad 18.818.815, fecha de nacimiento 21-12-1986, de 23 años de edad, de profesión u ocupación obras Marítimas y Civiles hijo de Rafael Espinoza y Alida Serrano, dirección san Francisco el bajo, casa sin numero, calle 53 avenida san francisco el bajo,, residenciado Urbanización San Felipe, vereda 1 casa N°1, teléfono: 0424-6492777, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por ser COMPLICE en la comisión del delito de de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, e.....