Se condena al acusado DAVID RAMON RIVERO ATENCIO, por el procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA SENTENCIA CONDENATORIA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1,2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en grado de complicidad no necesaria, en relación con lo dispuesto en el artículo 84 del Código Penal, en perjuicio de ciudadano GONZALO EGIS SANCHEZ; y los CONDENA a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO MAS LAS ACCESORIAS DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 13 DEL CÓDIGO PENAL; y YEFERSON ALBERTO ZAMBRANO NAVA, por el procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA SENTENCIA CONDENATORIA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VE.....