Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma unipersonal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, procede a DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en razón de haberse extinguido la acción penal, a favor del ciudadano NESTOR EDUARDO VILCHEZ ALBORNOZ: de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento el 10/06/64, de 43 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.903.564, hijo de ALICIA ROSA ALBORNOZ y JESUS VILCHEZ, residenciado en el barrio Colina Bolivariana, avenida 42 A, casa N° 35C-55 diagonal a la escuela bolivariana Jesús Obrero del Municipio San Francisco del Estado Zulia, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los Artículos 17 de la ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, todo de conformidad con lo establecido con lo establecido en l.....