Por lo antes expuesto este JUZGADO NOVENO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y por Autoridad de la ley ACUERDA CAMBIAR LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD por una menos gravosa de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 del Código orgánico procesal penal ordinales 3, 6 y 7 a favor del ciudadano EDGAR JOSE GONZALEZ, por los argumentos antes expuestos, en virtud de la solicitud presentada por la Defensa del referido ciudadano. Regístrese la presente decisión.-