DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este TRIBUNAL NOVENO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud presentada por la abogada JENNIFER GUANIPA actuando como Fiscal Auxiliar 50 del Ministerio Publico y en consecuencia acuerda la Prorroga a que se contrae el articulo 230 del Código Orgánico Procesal Penal por el lapso de DOS (02) AÑOS contados a partir del vencimiento de los dos años iniciales que fue decretada su privación de libertad, es decir se vencen el dia SEIS (06) DE FEBRERO DEL 2017 toda vez que en la presente causa no se observa un retraso injustificado e indebido que pueda ser imputable a las partes como de mala fe, sino que la falta de pronunciamientito firme alude a las incidencias que se han presentado en esta causa, por lo que no opera de pleno derecho, y a juicio de este tr.....