Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en forma MIXTA por UNANIMIDAD, administrando justicia, en nombre de la república y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: CONDENA al ciudadano, ahora penado ENGELBERT RAMON RAMIREZ RAMIREZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 28 años de edad, estado civil soltero, Comerciante, Cédula de Identidad V-13.878.326, fecha de nacimiento 23-11-77, hijo de Judith JOSE RAMIREZ y ZIOMNARA MARGARITA RAMIREZ, , residenciado en el Barrio Buena Vista , sector la Pastora, calle 57 con avenida 75, casa Nª 56-20, Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena corporal de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, como CO-AUTOR en la comisiòn del delito ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 6 ordinales 1º, 2º y 3º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos .....