Por los fundamento expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE la Demanda Civil por REPARACION DE LOS DAÑOS E INDEMNIZACION DE PERJUICIO, presentada por el ciudadano ALFRED RAFAEL DIAZ, plenamente identificado por cuanto carece del requisito previstos en el ordinal 2 del artículo 423 del Código Orgánico Procesal Penal, configurándose el supuesto previsto en el Primer Aparte del artículo 425 Ejusdem. Regístrese y notifíquese al Demandante de la presente decisión. CUMPLASE.-