Por los fundamentos anteriormente expuesto y cumpliendo con la obligación de garantizar la finalidad del proceso que establece el Artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal este Juzgado Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley Acuerda librar ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano JHON NESTOR LÓPEZ, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 11-08-1981, titular de la cédula de identidad Nº 17.086.203, hijo de WLADIMIR CARMONA y YOLANDA LÓPEZ, residenciado en el parcelamiento El Parque , calle 95C, numero 95C-04, circunvalación N° 3, por el segundo semáforo, la casa esta sin pintura y no tiene cerca, Maracaibo- Estado Zulia, a quien se le sigue causa por la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 457 en concordancia con el 80 ambos del Cód.....