DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN MARACAIBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Se CONDENA al acusado: JOSÉ ALCIBÍADES PALMAR RINCÓN, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 30 años de edad, nacido en fecha 25-09-76, de estado civil soltero, de profesión u oficio Taxista, titular de la cédula de identidad No. V-15.750.331, hijo de José Palmar y Trisila del Carmen Rincón, residenciado en el Sector Las Corubas, Calle 15C, Avenida 110, Casa N° 15C-52, Piso 6D, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por el procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA SENTENCIA CONDENATORIA, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en artículo 277 del Código Pen.....