JUZGADO NOVENO EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Declara: 1) Se admite en la presente audiencia oral en forma excepcional el principio de Extraactividad, el procedimiento por Admisión de Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. 2) Se declara CULPABLE al acusado: LANGEL ALY GONZALEZ, quien dijo ser y llamarse como quedo escrito de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 09/10/78, de 29 años de edad, de estado civil casado, ex funcionario con rango de oficial de la antes Policía Regional del Estado Zulia, residenciado en el Barrio 24 de Julio calle 182 No. 49 D-22, Parroquia Domitila Flores Municipio San Francisco del Estado Zulia, hijo de Ángel González y Alis Gómez, Tlf. 0424-656.66.09, por la comisión de los delitos de Lesiones Graves y Abuso de Autoridad, previstos.....