Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuesto este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad acordada y se ORDENA LA APREHENSIÓN JUDICIAL del acusado CIRO JESUS FERNANDEZ FERNANDEZ, plenamente identificado, por haber incumplido las obligaciones previstas en los ordinales 3°, 4° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal que le fueron impuestas por ese Tribunal según Decisión No. 1247-03 de fecha 27-08-03, todo de conformidad con lo preceptuado en el ordinal 2ª del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 1º del artículo 44 de la Constitución Nacional, por tanto, una vez sea aprehendido se servirá la autoridad competente trasladarlo INMEDIATAMENTE a Centro de Arresto y Detenciones Preventivas El Marite a la ord.....