Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Interrumpido el Juicio Oral iniciado el día 06 de agosto de 2015, seguido en contra del acusado ENDRY JOSE BENITEZ QUIROGA, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO, previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley contra la Extorsión y Secuestro y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y cometido en perjuicio del ciudadano HERMES TOVAR y EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se ordena iniciar de nuevo el debate oral y público, fijándose para el día MIERCOLES VEINTISIETE (27) DE JULIO DE 2016, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA por lo que se ordena notificar a las partes intervinientes del presente .....