Por los fundamentos antes expuestos, ESTE JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y Por autoridad de la ley, DISPONE LO SIGUIENTE: PRIMERO: CONDENA, al ciudadano RAFAEL SIMON RIVAS CHAPARRO, Venezolano, natural de Maracaibo, con fecha de nacimiento 01-04-80, de estado civil concubino, de profesión y oficio estudiante de instrumentación, de 33 años de edad, hijo de Janeth del Carmen Chaparro Fuenmayor y de Rafael Simón Rivas y con domicilio en la calle 96 del Barrio La pastora de Maracaibo del Estado Zulia, y lo condena a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA, previsto y sancionado en el artículo 149 de la ley orgánica de drogas, en conformidad con el artículo 84 del Có.....