En consecuencia por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se admite la aplicación del Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos, solicitado por el acusado DERREK CHARLES MC AULEY TRONCONE, venezolano, natural del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fecha de nacimiento 17/11/1978, de 35 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-14.207.153, hijo de Cecilia Trocone (v) y Paúl Mc Auley (v), y con residencia en el Sector Indio Mara, avenida 22-A, casa Nro. 65-10, frente al IPSFA, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por considerarlo CULPABLE y Responsable Penalmente de la comisión del delito de TRAFICO ILIC.....