Por los fundamentos analizados, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud realizada en esta misma fecha por el Representante Fiscal, SEGUNDO: REVOCAR LA MEDIDA CAUTELAR impuesta en fecha 27-08-2014, AL ACUSADO ENGEL MARTIN BOLIVAR, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-23.740.763, fecha de nacimiento 30/06/1993, residenciado en: Sector El Triangulo, con Calle 2, Diagonal a Radio TV, a cinco casas del Traslado El Mamón, Machiques de Perijá del estado Zulia, Teléfono 0416-728.78.58, y en consecuencia librar ORDEN DE APREHENSIÓN en su contra, y fijar la realización de la AUDIENCIA ORAL DE JUICIO ORAL Y PUBLICO, una vez que el acusado sea aprehendido y puesto a la orden de este tribunal, quedando las partes presentes notificadas de lo aquí acordado. Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades de ley. Culminó.....