Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la república de Venezuela y por autoridad de la ley, declarar SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la ABOG. DAISY TRONCONE, Defensor publico 13 Penal, sobre el cese de la medida cautelar de libertad impuesta contra el acusado JOHANDRY JOSUE RAMOS ACOSTA, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el articulo 406 NUMERAL 1° DEL Código penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ALIRIO RAMON VALERA, y en consecuencia se mantienen las medidas cautelares Sustitutivas impuestas al referido acusado en fecha 27-05-2013, estimando esta Juzgadora que la medida impuesta es proporcional atendiendo a las circunstancias del hecho y el caso particular, a la magnitud de daño causado y a la pena probable que pueda imponérsele en caso d.....