DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLES a los acusados: 1.- RIDIXIO RAMON MORAN DIAZ, venezolano, natural de Isla de Toas, Municipio Almirante Padilla del Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N°. V.- 17.670.661, de 21 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Pescador, hijo de RIGOEBRTO MORAN Y DE LENA DIAZ, residenciado en el Sector Los Médanos, casa sin numero, a 50metros de la Cancha Deportiva El Toro; y 2.- JUNIOR DE JESUS PARRA CHACIN, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N°. 9.795.490, de 38 años de edad, profesión u oficio Pescador, de estado civil casado, hijo de JESUS PARRA Y MARIA CHACIN, residenciado en el Sector Las Playitas, Isla de Toas, d.....