DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Constituido de manera Mixta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara en forma UNÁNIME CULPABLE al acusado Wilmer José Badillo Noguera, de nacionalidad Venezolana, natural de Bejuca, Estado Carabobo, de 23 años de edad, Fecha de Nacimiento: 30-11-1984, estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, titular de la Cedula de Identidad N° V-17.684.962, hijo de César Badillo y Carmen Noguera, residenciado en el Barrio Los Pescadores, calle 27B, (no recuerda el numero), Maracaibo Estado Zulia, por ser co-autor en la comisión de delito de Robo Agravado previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos Yorline Boscan, Gaudy Amesty, Yunaide Villalobos, Grovert Cova, Orlando González y Jaime Almarza; Así como por ser autor e.....