CONDENA de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado ROBERT EDUARDO BAEZ VILLALOBOS, por la comisión del delito de ROBO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano PEDRO LUIS ZAMBRANO VILLALOBOS; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION. Así mismo se le condena a la pena accesoria de ley contenida en el artículo 16 del Código Penal.