DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, Declara CULPABLE a los acusados: 1) ASNOLFO LUIS PEROZO GARCIA, se identificó, quien dijo ser Venezolano, Natural de Maracaibo, nacido el 13.879.738, 21/06/1976, de 32 años de edad, casado, indocumentado, hijo de Asnolfo Luis Perozo y Margot García,, residenciado en el Barrio 1 de Mayo calle 83 Av. 3ª detrás del Deposito 1 de Mayo, casa 80-90, Maracaibo, Estado Zulia; y 2) WINWLI DE JESUS WAINA REVEROL, se identificó, quien dijo ser Venezolano, Natural de Maracaibo, 18.741.549, nacido el 10-041987, de 21 años de edad, soltero, hijo de Javier Waina y Gisela Reverol, residenciado en el Barrio Carmelo Urdaneta, Avenida 103A, casa 74-46, Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de APROVECHA.....