Se ACUERDA PRIMERO: dejar sin efecto el ACTO DE CONSITUCIÓN DEL TRIBUNAL MIXTO, realizado el día 26 DE OCTUBRE DEL 2.004, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal, a consecuencia de la decisión Nro. 348-04 de fecha 14OCT04, decretada por la Sala Nro. 01 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Penal, en la cual declaró la NULIDAD ABSOLUTA del auto emitido por este Juzgado de fecha 19JUL04, así como de todos aquellos actos procesales que de él dependieran o demandaren. SEGUNDO: Declara SIN LUGAR, la solicitud de NULIDAD ABSOLUTA interpuesta por el representante de la Fiscalía Undécima del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 190, 191, 193 todos del Código Orgánico Procesal Penal, TERCERO: Acuerda la celebración del Juicio oral y público para el día 25-11-04, a las 10:00 de la mañana, conformado por el Tribunal Mixto, constituido el día 11 NOV04, ante el Juzgado Quinto de Juicio de este Circuito.....