Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIEMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA en virtud de LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido 300 ordinal 3 del Código Orgánico procesal penal, en concordancia con el Artículo 49 ordinal 7° Ejusdem, y 361 segundo aparte ibidem, a favor del ciudadano LUIS FELIPE ALVAREZ JIMÉNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° indocumentado, de nacionalidad Colombiana, natural de La Fundación Magdalena, de 46 años de edad, fecha de nacimiento. 10/06/1964, de profesión u oficio Chofer, residenciado en avenida 111, calle 79F, Barrio Aníbal Ospino, casa N° 4-47, diagonal a la carpintería Galpón, Municipio Mará del Estado Zuli por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el art.....