DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRESCINDIR DE LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA ORAL FIJADA EN LA PRESENTE CAUSA, y así mismo DECLARA CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público, y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a SERGIO JOSÉ FUENMAYOR VALENCIA, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de MARLENE JOSEFINA ATENCIO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318.1° en concordancia con el artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese. Remítase el presente asunto penal en su oportunidad legal correspondiente al Archivo Judicial.