Por todo los fundamentos de hecho y derechos antes expuesto, ESTE TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA MIXTA CON ESCABINO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONDENA al acusado: JOSE ANTONIO MEDINA GAVIDIA, nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad N° 9.796.951, soltero, profesión u oficio: Obrero, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 18-12-1.967, hijo de Fabián Antonio Medina (D) y Ana Delia Gavidia (D), residenciado en Urbanización San Francisco, conjunto residencial Ciudad el Sol, Edificio D-8, apartamento 6C, piso 6, cerca de un instituto Universitario teléfono de mi pareja 0414-6115126, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 Ordinal 2°, del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, a .....