En consecuencia por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Admite parcialmente la acusación fiscal en contra de YONATHAN JOSE RODRIGUEZ VERGARA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 25.189.383, nacido en fecha 08/11/1993, hijo de YOHAN RODRIGUEZ Y GLADIS VERGARA, Albañil, de 19 años de edad, residenciado en el Sector el Marite, calle 79, casa N° 102-15, diagonal a los dos depósitos, telefono 04246479955, Maracaibo Estado Zulia POR LOS DELITOS ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 458 del Código penal, en relación con el articulo 80 ejusdem, en su segundo aparte, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en e.....