Se DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud incoada en fecha 10-03-2015, por la Abg. AURELINA URDANETA LEON, Defensora Pública Undécima Penal Ordinaria, obrando en su condición de Defensora del acusado LEOPOLDO JOSÉ VÍLCHEZ ABREU, toda vez que esta pide la nulidad de la acusación fiscal, siendo ello a criterio de este juzgador materia propia del Juez de control a tenor de lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal y en tal sentido verificadas las violaciones a garantías propias de los derechos constitucionales del debido proceso, derecho a la defensa y tutela judicial efectiva, declara la nulidad absoluta del acto de Audiencia Preliminar, llevada a efecto en fecha 20-11-2014 y el cual quedó registrado en decisión No. 1334-14, emitida por el Juzgado Sexto Estadal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Zulia, en la cual se admitió totalmente el escrito acusatorio incoado por la Fiscalía 11° del Ministerio .....