este JUZGADO QUINTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: DECLARAR CON LUGAR la Solicitud de prorroga efectuada por el Fiscal 24 del Ministerio Público, para el mantenimiento de la medida de coerción personal dictada en contra de los ciudadanos OLGA MARGARITA GONZÁLEZ y ELÍAS RAFAEL GIL, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y Se declara SIN LUGAR la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de libertad interpuesta por los Abogados defensores, en consecuencia se acuerda el lapso de SEIS de prorroga, a partir del 12 de agosto de 2008. Se proveen las copias solicitadas por las partes Y Quedan las partes presentes notificadas de la presente decisión. Regístrese. Concluyo el acto siendo las doce y treinta horas de la tarde.
LA JUEZ QUINTA DE JUICIO
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