Se DECRETA: PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la solicitud incoada ante la Unidad de Recepción y Distribución del Departamento del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 04-02-2015 y puesta a la vista de este juzgador en fecha 05-02-2015 por el Abg. FERNANDO LEON URDANETA, obrando en su condición de defensor de la acusada NIDIA BEATRIZ GUTIERREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.057.429. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal revisa a impulso de la defensa la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, acordada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Zulia, en fecha 16-10-2013 en contra de la acusada, y en tal sentido modifica la obligación de salida de la jurisdicción del tribunal y se sustituye por la prohibición de salida del t.....