este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL FRONTERIZO DEL ESTADO ZULIA. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: DECLINAR LA COMPETENCIA del presente asunto seguido a JOSE GREGORIO PACHECO JARAMILLO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 21.356.044, de 26 años de edad, soltero, residenciado en el Barrio Integración Comunal Av 59D, Casa 61E, parroquia Luís Hurtado Higuera Municipio Maracaibo del Estado Zulia, AL JUZGADO TERCERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA a los fines que se verifique la situación legal en la cual se encuentra el penado, por cuanto la causa fue remitida en fecha 15-12-2012, con oficio 573-12, por cuanto la Sentencia dictada quedo definitivamente firme, de conformidad con lo establecido en el articulo 80 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena oficiar al Sistema Integral de I.....