DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL FRONTERIZO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: DECLARA NO RESPONSABLE PENALMENTE al Ciudadano: ERNESTO RAFAEL CASTILLO SALAS; Titular de la Cedula de identidad N° V-22.130.604, de Nacionalidad Venezolano, Natural de Maracaibo, hijo Esteban Castillo y Ana Salas, de profesión u oficio Agricultor, estado Civil Concubino, residenciado en el Sector Villa Ines, frente a la Iglesia Evangélica Dios es Amor, Municipio Mara la Sierrita del Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión y ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometidos en perjuicio del ciudadano EDUARDO JOSÈ MONTERREY; SEGUNDO: SE ABSUELVE al c.....